El concejal Fernando Zarza ingresó un proyecto de ordenanza al Concejo Deliberante de Posadas para que todas las actas de infracción de tránsito incluyan un registro visual como requisito de validez.
El concejal de Hagamos, Fernando Zarza, ingresó este miércoles al Honorable Concejo Deliberante de Posadas (HCD) un proyecto de Ordenanza para incorporar un registro visual de las infracciones de tránsito en todas las actas labradas por los agentes municipales en la ciudad.
La iniciativa propone incorporar al Anexo Único del Régimen de Penalidades para Infracciones de Tránsito, de la Ordenanza XVI N° 112, cuatro artículos que reglamentan la “incorporación de medios probatorios digitales” que documenten el hecho multado.
La propuesta establece, en su artículo 8, que “las actas de infracción de tránsito labradas por la autoridad de aplicación competente de forma presencial o por medios tecnológicos automáticos deberán contener, como requisito de validez indispensable para su posterior juzgamiento, un registro fotográfico o videográfico digitalizado como medio de prueba material”. Agrega que “la toma fotográfica deberá anexarse de forma digital al acta o ponerse a disposición del presunto infractor mediante sistemas digitales de consulta con código QR”.
El artículo 9 especifica los requisitos técnicos y operativos de las capturas fotográficas y de video, como la patente del vehículo y el entorno mismo de la infracción: “La señal vial ignorada, la senda peatonal obstruida, la rampa de accesibilidad bloqueada o el cordón cuneta restrictivo”. Asimismo, exige la impresión en la imagen de la fecha, hora y geolocalización del hecho.
En el artículo 10, la propuesta de Zarza exceptúa de la obligatoriedad del soporte visual a aquellas faltas de tránsito cuya naturaleza haga imposible el registro fotográfico, como la falta de seguro, VTV vencida y conducir sin licencia; las infracciones por alcoholemia positiva, y las “situaciones de flagrante peligro común, donde la prioridad del agente sea la inmediata preservación de la seguridad vial de terceros y el cese de la conducta riesgosa”.
