El Consejo General de Educación anuló la designación de la directora suplente de la Escuela 958 y dejó sin efecto su estabilidad laboral, lo que generó la suspensión de clases por parte de los padres.
El Consejo General de Educación (CGE) revocó la resolución que en 2024 otorgó estabilidad laboral a una docente de la Escuela 958 del Paraje Barbacuá, en Misiones. Además, declaró nula la disposición 49/19 por la que la supervisión escolar la había designado directora suplente en 2019. La medida fue comunicada a los padres el fin de semana, quienes en rechazo decidieron no enviar a sus hijos a clases desde el lunes.
El conflicto se originó en la escuela rural, donde hasta el mes pasado había dos maestros de grado y tres docentes de áreas especiales. El director titular, Enrique Wolfart, está de licencia desde hace seis años, y en su lugar quedó la docente Valeria Paraná, quien era suplente y pareja del director. Los docentes de horas especiales son Mare González Lemos y Diego González Lemos, madre e hijo, que concentran 47 de las 56 horas especiales de la escuela, enseñando cooperativismo, educación artística, huerta, tecnología, cocina y nutrición sin título específico. El tercer docente de horas especiales es el profesor de educación física.
El conflicto se desató cuando dos madres denunciaron a la docente por maltrato a sus hijos, aunque una de ellas luego admitió haber sido presionada para hacer la denuncia. Con una denuncia vigente, el CGE inició un sumario. Los padres, que defienden a la directora, dejaron de enviar a sus hijos a clases desde el 4 de mayo, cuando recibieron la notificación. Realizaron dos cortes en la ruta nacional 101, y el CGE prometió acelerar las entrevistas testimoniales para normalizar la situación. Sin embargo, el viernes pasado, el CGE aprobó la Resolución 3177, que declaró nula la disposición 49/19 y revocó la Resolución 7845/24, que otorgaba estabilidad laboral a la docente en el cargo de maestra de grado.
El CGE también ordenó a la Junta de Clasificación excluir del legajo de la docente el puntaje obtenido desde 2019 por la función jerárquica, y declaró liberados tanto el cargo de dirección como el de maestro de grado. Según el organismo, la inserción institucional y escalada jerárquica de la docente “nacieron de un acto afectado de nulidad absoluta”, aplicando la doctrina del “fruto del árbol caído”, que sostiene que un acto administrativo posterior no puede convalidar la ilegalidad del acto que le dio origen. La decisión, considerada inédita, podría derivar en acciones judiciales.
