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La Justicia de Misiones está perdiendo resguardos que son constitucionales

RITA EN DEBATE. La joven era asistente en un jardín maternal y estudiaba para obtener un profesorado en educación.

Rita Cervantes Martínez fue condenada el miércoles pasado a cuatro años de prisión por el Tribunal Penal 2 de la Primera Circunscripción Judicial de Misiones. Los jueces César Antonio Yaya (presidente) y Gregorio Augusto Busse la declararon autora de “homicidio agravado por el vínculo en grado de tentativa en circunstancias extraordinarias de atenuación”, previsto por los artículo 80, 42 y 44 del Código Penal Argentino.

El voto del vocal restante, Carlos Jorge Giménez fue absolutorio por el “beneficio de la duda”, según el artículo 34, inciso 1 que sostiene: “No son punibles (…) El que no haya podido en el momento del hecho, ya sea por insuficiencia de sus facultades, por alteraciones morbosas de las mismas o por su estado de inconsciencia, error o ignorancia de hecho no imputables, comprender la criminalidad del acto o dirigir sus acciones”.

La decisión del Tribunal tendrá fundamentos a partir del miércoles 20 de diciembre y se podrá avanzar sobre las posturas opuestas que manifestaron sus integrantes en la definición de un juicio en el que participaron 28 de los 33 citados y que abrió la puerta al debate sobre si la asistencia a las mujeres pobres es suficiente en el servicio público de salud provincial.

Rita Cervantes cumplió 39 meses (tres años y tres meses) de encierro en la Unidad Penal V del Servicio Penitenciario Provincial y le restarían nueve meses para completar la ejecución de la condena.

El fiscal del Tribunal Penal 2, Vladimir Glinka, la acusó por “homicidio agravado por el vínculo, en grado de tentativa” a siete años de prisión efectiva. Se percibe que no recurrirá el fallo de Busse y Yaya. Al menos, durante su alegato remarcó sobre la detención: “Rita ya tuvo suficiente tiempo en prisión y el derecho penal no es venganza”.

Rita Cervantes fue acusada de intentar matar y abandonar a la beba que había parido sola dos días antes en el hospital Materno Neonatal. Y sola se retiró, recibió el alta sin tener consciencia plena siquiera del sexo, sin saber hacia donde volver a buscar ayuda. Se creyó abandonada por su familia y sin rumbo.

Restará determinarse de los fundamentos del tribunal si las lesiones fueron graves y si fueron provocadas por ella en la espalda del bebe con un cuchillo roto y, principalmente, si fue Rita la que le provocó eso y si también fue ella quien dejó a la víctima en la orilla del arroyo Mártires en la costanera Oeste de Posadas.

PROTAGONISTAS. Sommer Aromí y Glinka, abogada de Rita y el fiscal del TP-2.

“Vamos a recurrir”
Entre las voces que recogió PRIMERA EDICIÓN tras el fallo, las de la defensa de Rita sonaron fuertes. De sus abogadas Karen Dalila Rodríguez De Olivera y Luciana Sommer Aromí, fue la segunda quien resumió el juicio: “No estamos conformes y vamos a seguir en la instancia recursiva. Entendemos que es necesario en Misiones que dejemos de tener condenas en casos en los cuales no hay hechos para probar. Tenemos la intención que este fallo sea revisado porque es un caso testigo de una sentencia sin pruebas”.

“Tenemos la alegría de todas maneras que Rita en breve estará con sus hijos y en libertad. Era lo que buscábamos como premisa, lo esencial, poder devolverle la madre a sus dos hijos”.

El paso siguiente que darán a partir de mañana también lo puntualizó: “La revinculación de los niños a su madre lo resolverá la Justicia Civil, del fuero Familia, ya estaba solicitado desde hace mucho tiempo por el padre de los hijos de Rita. Creemos que la inminente libertad de Rita será un aliciente para que esto se resuelva también. Mientras, solicitaremos el régimen de progresividad de ella en prisión y su libertad paulatina (…) Hay elementos suficientes en el expediente y en el debate para manifestar con firmeza que no hay pruebas para condenar a Rita. Solo pruebas meramente incidentales”.

Contextualizó además: “Estimo que nos queda mucho por aceptar y entender en la Justicia misionera porque se están perdiendo muchos resguardos constitucionales. El debido proceso implica acusación, defensa, prueba y sentencia dictada por un juez natural. No es una cuestión menor y no corresponde a un orden aleatorio, primero tiene que haber una acusación firme, fuerte y con pruebas para que una defensa pueda ejercerse plenamente y creo que Misiones tiene mucho por andar aún, no solo en las sentencias con perspectiva de género, que claramente en este caso no derivó hacia ese lado”.

Rossana Fanjul, abogada y activista feminista, integra la campaña nacional de seguimiento y cumplimiento del aborto libre, gratuito y seguro. Desde el inicio de la causa a Rita Cervantes, la referente la acompañó y acercó herramientas para sus derechos a una defensa a derecho.

BENEFICIO DE LA DUDA. El juez Carlos Giménez absolvió a la madre acusada.

Participó de las seis jornadas de debate y a este Diario manifestó respecto a la sentencia: “En el inicio del debate para el fiscal el puerperio es un estereotipo y lo que creemos que quedó en claro fue que él acusó con el estereotipo del machismo. Manifestó ninguneo y falta de respeto a profesionales que dedican su vida a la investigación”.

También sostuvo que “es un fallo que deja en claro que no tenían cómo justificar llevar a juicio a una chica, solo un montón de mentiras en el expediente”.

“La defensa les dio muchos elementos para que el Tribunal emitiera un fallo con dignidad. Eso no ocurrió, pero al menos uno de los integrantes del tribunal pudo verlo”.

Sobre los próximos pasos sobre el caso remarcó: “La inocencia de Rita buscamos y vamos a recurrir este fallo, no tenemos dudas. No buscamos un juicio abreviado por el mismo motivo”. Y dejó su sensación sobre la administración de justicia en Misiones: “El sistema judicial está falto de capacitación en estos temas que afectan a las mujeres y lo evidencia cuando se intenta negar el puerperio”.

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