martes, 2 junio, 2026
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El Gobierno reglamentó la Ley 27802 de modernización laboral mediante cuatro decretos

Los decretos 406, 407, 408 y 409/2026, publicados en el Boletín Oficial, establecen cambios en convenios colectivos, asociaciones sindicales, plataformas digitales y empresas de servicios eventuales.

El Gobierno reglamentó este lunes 1° de junio distintos artículos de la ley de modernización laboral (Ley 27802) e introdujo cambios en materia de convenios colectivos, las asociaciones sindicales, las plataformas digitales de reparto y movilidad, y las empresas de servicios eventuales. Entre las novedades más relevantes, aprobó un nuevo modelo de recibo de sueldo que deberá informar el costo laboral total asumido por el empleador y reglamentó el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un mecanismo destinado a contribuir al pago de indemnizaciones.

Las medidas fueron oficializadas mediante los decretos 406, 407, 408 y 409/2026, publicados en el Boletín Oficial y firmados por el presidente Javier Milei; el jefe de Gabinete, Manuel Adorni; el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger; y el ministro de Economía, Luis Caputo.

A través de estas medidas, el Poder Ejecutivo reglamentó modificaciones introducidas por la ley de modernización laboral sobre la Ley de Contrato de Trabajo, la Ley de Convenciones Colectivas de Trabajo y la Ley de Asociaciones Sindicales, además de establecer precisiones sobre distintos aspectos de su aplicación.

La norma también modifica el tratamiento de aportes, contribuciones, cuotas, retenciones y demás cargas económicas previstas en los convenios colectivos. A partir de ahora, esos conceptos deberán computarse de manera global para verificar el cumplimiento de los límites legales y no podrán fragmentarse entre distintos conceptos o beneficiarios para superar los topes establecidos.

Guillermo Pérez Crespo, presidente de la Asociación de Abogados Laboralistas, declaró en FM 89.3 Santa María de las Misiones que “lo que salió publicado hoy en el boletín oficial son tres decretos. Pero, mezclan una cantidad tan grande de temas y en forma tan confusa que a veces hasta es difícil entender qué es lo que están implementando; por la mixtura, la mezcla de cuestiones absolutamente diferentes, algunas de importancia y otras propagandísticas”.

En relación al nuevo modelo de recibo de sueldo, Pérez Crespo afirmó que “es nada más que algo propagandístico. Exige que el empleador ponga ahora en la parte primera del recibo de sueldo los aportes y contribuciones que hace para que quede demostrado que el empleador gasta más que lo que es el sueldo en sí. Es una cuestión propagandística, que no cambia nada, ni el sueldo, ni el aporte, ni el recibo, simplemente cambia la forma del recibo en cuanto a poner algo adelante que es más que nada una cuestión casi diría ideológica de este gobierno”.

Además, señaló que “en el decreto que salió este lunes termina diciendo que la implementación del FAL se demorará hasta noviembre de este año. O sea, que por ahora todavía no va a aplicarse este Fondo Laboral”.

Pérez Crespo sostuvo que “ahora se les exigirá a los empleadores contribuciones que antes pagaban al sistema que las deriven al FAL y el monto será: un 2% para los pequeños empleadores y un 1% para los grandes empleadores. Lo que sí está claro es que este dinero va a ser administrado por financieras y acá ya hay un primer negocio importante, porque van a administrar una cantidad muy grande de dinero, que serán muchos millones al año”.

El presidente de la Asociación de Abogados Laboralistas manifestó que “es llamativo que al empleador se le suprime todas las multas con la ley que se dictó a las 27802 y la anterior se suprimieron todas las multas por incumplimiento con respecto a los trabajadores”.

También indicó que “en realidad lo que se está haciendo es destruir todo el sistema de registración”. Sobre la formalización laboral, expresó: “La realidad está marcando que lo que crece es el empleo no registrado, no el empleo registrado. Está claro que determinados empleadores han recurrido por años a este tipo de fraude y lo van a seguir haciendo, porque si antes lo hacían con multas y con sanciones, muchos más lo van a hacer ahora donde no hay castigo alguno, tras estas modificaciones”.

Acerca del régimen sindical, Pérez Crespo afirmó que “tienen algunas cuestiones que son graves. En primer lugar, golpea mucho la organización sindical en el lugar de trabajo. La ley ya había restringido la actividad de los delegados planteando que un delegado solo puede tomarse para su función gremial 10 horas al mes. Si excede las 10 horas, le van a descontar del sueldo y le ponen más restricción, cómo no poder abandonar su lugar de trabajo, si está en un lugar donde tenga importancia la producción y no puede interrumpirse la producción. O sea, que dejaría ser delegado, porque si no puede dejar su lugar de trabajo cuando está la producción en un momento importante y no se puede interrumpir, no se le permite apartarse, golpeando a la parte sindical”.

Finalmente, Pérez Crespo sostuvo que “hay un golpe muy fuerte hacia los trabajadores, una pérdida muy grande de derechos y una nueva realidad, donde cuando van necesariamente al conflicto se encuentran con que tienen mucho menos garantías para accionar gremialmente”. Y agregó que “los trabajadores seguramente no se van a quedar quietos, pese a estas modificaciones igual reaccionarán y accionarán en defensa de sus derechos, lo que pasa que ahora tienen más posibilidades de perder un conflicto con toda estas nuevas normativas puestas en práctica”.

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