Las jubilaciones y pensiones de la Anses tienen este mes un descuento por el aporte al PAMI que, medido como porcentaje sobre el haber bruto, es mayor al que se aplica habitualmente. Esto ocurre porque, tal como había informado en su momento LA NACION, cuando se pagaron los ingresos de abril no se restó el importe para la obra social correspondiente al monto del aumento de ese mes.
Tal como se preveía, ahora se está haciendo la corrección por aquella menor detracción en abril, que tuvo como causa la forma tardía en que el Gobierno decidió el incremento de ese mes, que fue de 27,4%. Eso explica una cuestión que generó dudas y confusión entre quienes ingresaron en los últimos días a la página de la Anses, con su clave personal, para ver la liquidación de sus ingresos de mayo.
En los recibos aparece el monto del aumento de abril dos veces: primero, como un concepto del ingreso, y luego, como un descuento. Eso no significa que el reajuste que se otorgó el mes pasado ahora se quite. En realidad, ese importe ya está incorporado en otros ítems que figuran en la liquidación y que son los que componen el haber mensual, que este mes tiene también agregado un reajuste de 11%.
Por una razón operativa y según explicaron en la Anses, esa manera de hacer la liquidación (consignar en un renglón el monto del aumento de abril para luego descontarlo) es la que permite hacer el descuento no aplicado el mes pasado. LA NACION observó varios recibos, los comparó con los del período previo y pudo comprobar que los importes descontados son los que faltaban restar de los haberes de abril.
Por ejemplo, en el caso del haber mínimo, este mes de $190.141,60, el aporte para financiar al PAMI es de 3%, es decir, de $5704. En la liquidación puede leerse ese descuento y también otro, de $1105: esta cifra corresponde al aporte por los $36.838 que implicó el aumento de abril. El monto de $36.838 es el que aparece sumado y restado en el recibo, pero, a la vez, ya está incorporado a lo que se cobra, distribuido entre conceptos como la PBU, la PC y Complemento al Mínimo.
De esta manera, el neto a cobrar resulta de $183.332,21, contra $167.259 del mes pasado. En ambos meses se suma a esas cifras el bono de $70.000 y, de esa forma, en mayo el importe de bolsillo es de $253.332. En los primeros días de este mes el bono, cuyo pago fue establecido por decreto, no figuraba aún en las liquidaciones que pueden consultarse, pero fue incorporado el viernes.
En el caso del ingreso mínimo el aporte al PAMI es el 3% del haber bruto y no se aplica el descuento sobre el bono. Cuando se trata de haberes superiores al básico, la cuenta es diferente: se aporta un 3% de lo que equivale al haber mínimo y un 6% sobre el excedente. Por ejemplo, si la jubilación es de $300.000, el descuento es de 3% sobre $190.141 más el 6% de $109.859 (la diferencia entre $300.000 y el mínimo).
Para una prestación que en abril fue de $601.636, el aumento de ese mes (ya incluido en esa cifra) resultó de $129.394. Ese importe está incorporado al haber en el recibo de mayo, en el cual hay un 11,01% adicional, para completar un monto bruto de $676.876 (distribuido en conceptos que en este caso pueden incluir la PBU, la PC, la PAP y la Reparación Histórica). Al margen de eso, se suma y se resta en el mismo recibo la cifra de $129.394, que fue la suba de abril, y se descuentan del monto a cobrar $6658,49, que es lo no descontado el mes pasado para el PAMI. Además, se detraen $34.368,28 porque es lo que corresponde por el haber de mayo.
Toda esta situación se originó en el hecho de que el DNU 274, que modificó el esquema de movilidad y dispuso, entre otras cosas, el reajuste de 27,4% para abril, fue oficializado cuando la Anses ya había hecho las liquidaciones del mes. Y las había hecho con los mismos importes que en marzo, porque el sistema anterior de actualizaciones no preveía ninguna suba en el tercer mes del año. Cuando se hizo una liquidación complementaria para cumplir con lo dispuesto por el DNU, se agregaron los importes correspondientes al porcentaje de incremento, pero sobre eso no se descontaron los aportes. “Por sus características particulares, el proceso de liquidaciones complementarias no permite la generación de descuentos”, indicaron desde el organismo.
Otro ejemplo: para un jubilado con un haber bruto de $300.000 en marzo, el ingreso de abril antes de descuentos fue de $382.200 (por el reajsute de 27,4%).. En este caso, el aporte al PAMI fue el mes pasado de $13.966,64, igual que el de marzo. La diferencia con el descuento total que resultaba de hacer la cuenta sobre el haber total ya incrementado, de $3826,86, se resta ahora. Con el aumento de mayo, el haber bruto es de $424.280, y el neto de $404.528. Peo, como se detrae la diferencia por el aporte de abril, en mano se recibirá $400.701.
Las liquidaciones de los ingresos pueden consultarse en Mi Anses, ingresando con la clave personal de la seguridad social a www.anses.gob.ar.
Suplemento por el 82%
Por otra parte, ni en abril ni en mayo las liquidaciones incluyeron el suplemento por la garantía del 82% del salario mínimo, que rige para quienes accedieron a sus haberes habiendo hecho efectivamente durante la vida laboral todos los aportes exigidos por ley (es decir, sin haber recurrido a una moratoria). En principio, esa garantía no iba a regir en estos meses, porque no se había modificado el salario mínimo y el haber básico ya superaba el valor de referencia de la garantía.
Pero el viernes último se publicó en el Boletín Oficial una resolución de la Secretaría de Trabajo, que fija el salario mínimo de abril en $221.052 y el de mayo en $234.315,12.
Entonces, en lo referido a abril, el 82% del salario mínimo es $181.262,64 y, como la jubilación básica (sin contar el bono) fue de $171.283,31, el suplemento que debe pagar el Estado es de $9979,30 para quienes cobran la mínima, y de un monto inferior para quienes tienen prestaciones superiores a la mínima y de hasta $181.262,64.
En el caso de mayo, el 82% del salario mínimo es $192.138,4. Y la jubilación básica es de $190.141.6. Entonces, el suplemento es de $1996,80 para quienes tienen el haber mínimo, y de una cifra inferior para quienes cobran un monto ubicado entre el mínimo y los $192.138,40.
El plus por la garantía del 82% es independiente del bono de hasta $70.000, que este mes alcanza a quienes tienen haberes brutos de hasta $260.141,60 (no rige para su cobro el requisito de no haber recurrido a una moratoria).
Para determinar en qué casos corresponde el suplemento por el 82% se considera el importe de cada prestación en particular. En cambio, para acceder al bono o “ayuda económica previsional” de hasta $70.000 la persona no puede cobrar más de un determinado monto, independientemente de si esa cifra proviene de uno o de más beneficios. Es decir, quien cobra jubilación y pensión no percibe bono, pero sí accede al suplemento por el 82%, siempre que no se haya recurrido a la moratoria.