Mediante el Decreto 407/2026, el Ejecutivo nacional estableció nuevas reglas para la negociación colectiva, aportes sindicales, plataformas digitales y documentación laboral. También se creó un fondo para indemnizaciones y un régimen de regularización de empleo no registrado.
El Gobierno nacional reglamentó este lunes, a través del Decreto 407/2026 publicado en el Boletín Oficial, diversos artículos de la ley de modernización laboral. La normativa, firmada por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Manuel Adorni, el ministro de Desregulación y Transformación del Estado Federico Sturzenegger y el ministro de Economía Luis Caputo, introduce modificaciones en convenios colectivos, asociaciones sindicales, plataformas digitales de reparto y movilidad, y empresas de servicios eventuales. Además, se aprobó un nuevo formato obligatorio para los recibos de sueldo que deberá detallar el costo laboral total asumido por el empleador, incluyendo aportes y contribuciones.
Convenios colectivos y aportes
El decreto fija criterios para determinar qué convenios colectivos se consideran vencidos a los fines de renegociación. En ausencia de fecha expresa de vencimiento, la autoridad laboral podrá tomar como referencia el 31 de diciembre de 2026. Los aportes, contribuciones y cuotas deberán computarse de manera global para verificar los límites legales, sin posibilidad de fragmentarlos. Los convenios que excedan esos límites deberán ser readecuados, y no se homologarán nuevos acuerdos que incumplan las restricciones. Determinados aportes solo serán obligatorios para empresas afiliadas a las entidades correspondientes.
Asociaciones sindicales
Se establece que los cuerpos directivos de las asociaciones sindicales deberán mantener una proporción razonable respecto de la cantidad de afiliados cotizantes. Se incorporan mecanismos de control mediante cruces con registros del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y otras bases públicas. El crédito horario sindical deberá utilizarse de manera compatible con la continuidad de las actividades y requerirá una comunicación previa al empleador con al menos 48 horas de anticipación. También se actualizan las pautas para la protección de candidatos sindicales y la aplicación de la tutela.
Recibo de sueldo y documentación laboral
El nuevo modelo de recibo de sueldo incluye un apartado para reflejar el costo laboral total afrontado por el empleador, con detalle de aportes sindicales, seguridad social, obra social, PAMI, aseguradoras de riesgos del trabajo, cámaras empresarias y otros conceptos. El esquema se organiza en cuatro secciones: datos del trabajador y del empleador, contribuciones y conceptos abonados por la empresa, remuneración bruta y deducciones, y salario neto percibido.
Plataformas digitales y digitalización laboral
La reglamentación designa a la Secretaría de Transporte como autoridad de aplicación del régimen específico para plataformas digitales de reparto y movilidad, mientras que la Secretaría de Trabajo conserva competencias sobre convenios colectivos del sector. La registración de trabajadores se realizará a través de los sistemas de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Las certificaciones médicas con reposo deberán emitirse por medios electrónicos, y en caso de diferencias entre diagnósticos, las partes podrán recurrir a una junta médica oficial. ANSES deberá notificar a empleadores y agentes de salud sobre el inicio y finalización de trámites jubilatorios.
Fondo de Asistencia Laboral (FAL)
Mediante el Decreto 408/2026, se reglamentó el Fondo de Asistencia Laboral, destinado a financiar indemnizaciones. Estará dirigido a empleadores privados, exceptuando el sector público y relaciones excluidas por ley. Funcionará a través de fondos comunes de inversión o fideicomisos financieros supervisados por la Comisión Nacional de Valores (CNV). Cada empresa contará con una cuenta individual y los aportes se canalizarán mediante ARCA. El régimen entrará en vigencia el 1 de noviembre de 2026 y contempla una reducción de contribuciones patronales equivalente al aporte realizado.
Régimen de Promoción del Empleo Registrado (PER)
El Decreto 409/2026 reglamentó el PER para incentivar la formalización de trabajadores no registrados o registrados de manera deficiente. Se condona hasta el 90% de las deudas previsionales para micro y pequeñas empresas y entidades sin fines de lucro; 80% para medianas empresas; y 70% para el resto. Las deudas por obras sociales, riesgos del trabajo y seguro colectivo de vida quedan condonadas al 100%. El saldo remanente podrá abonarse con planes de facilidades o al contado con una reducción adicional del 50% sobre el capital e intereses no condonados.
Cambios tributarios para alquileres
Mediante el Decreto 406/2026, se reglamentaron exenciones del Impuesto a las Ganancias para ingresos provenientes del alquiler de inmuebles destinados a vivienda y para determinadas operaciones de venta y transferencia de derechos sobre propiedades, según lo dispuesto en la reforma laboral.
